“…La adopción de las precauciones estándar como la utilización de equipos de protección individual, llevar a cabo un correcto lavado e higiene de las manos, disponer de procedimientos normalizados en la manipulación de muestras o de protocolos de atención al paciente, constituyen algunas medidas fundamentales para prevenir el riesgo de infección por pinchazo o corte…”
Artículo Técnico:
Dª. Isabel Rincón Mancheño
Área de Prevención de FREMAP-Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, nº 61
El manejo de instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario conlleva la posibilidad de exposiciones accidentales con agentes biológicos y medicamentos potencialmente peligrosos, que en gran medida podrían evitarse adoptando medidas preventivas específicas.
En el año 2010 se publicó la Directiva 2010/32/UE del Consejo, que aplica el Acuerdo marco para la prevención de las lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector hospitalario y sanitario. Dicha Directiva se transpuso mediante la Orden ESS/1451/2013, de 29 de julio. Las disposiciones de esta Orden van dirigidas a evitar las infecciones, causadas por agentes biológicos, a las que el personal de estos sectores queda expuesto como consecuencia de heridas causadas por el instrumental sanitario cortopunzante.
A efectos de esta orden se considera instrumental sanitario cortopunzante a los objetos o instrumentos necesarios para el ejercicio de actividades específicas de la atención sanitaria, que puedan cortar, pinchar y causar una herida o infección.
Asimismo, se considera equipo de trabajo conforme a lo establecido en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Y conforme al Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios, tiene la consideración de producto sanitario, y debe cumplir lo establecido en dicha reglamentación.
Este marco normativo es de aplicación a todo el personal de empresas del sector sanitario y hospitalario y sus empresas, debiendo estas realizar esfuerzos para garantizar que los subcontratistas respetan las disposiciones establecidas en dicha orden.
El objeto principal de la Orden es lograr un entorno de trabajo lo más seguro posible, previniendo las heridas causadas por el uso de cualquier instrumental sanitario cortopunzante, y proteger a las personas expuestas. Además, pretende establecer un enfoque integrado en el que se definan políticas de evaluación de riesgos, prevención, formación, información, sensibilización, supervisión, así como, poner en marcha procedimientos de respuesta y seguimiento.
Si bien, y a pesar de todos los esfuerzos realizados, se sigue produciendo un importante incremento de accidentes por pinchazos accidentales con el consecuente riesgo que comportan, en gran parte ocasionados por la insuficiente introducción en los centros de trabajo de instrumental sanitario provisto de mecanismos de bioseguridad integrados, la deficiencia de los equipos de protección individual, así como la falta de formación e información, han provocado que sigan produciéndose infecciones por distintos agentes biológicos.
Además, la exposición laboral a agentes biológicos afecta a una gran variedad de actividades y ocupaciones, si bien, los colectivos laborales más expuestos a este tipo de riesgo los encontremos en el sector sanitario.
Por tanto, se trata no solo de proteger al personal expuesto, sino que también desde el ámbito de la empresa deben realizarse esfuerzos para garantizar que todo su entorno, en el que se incluyen a las empresas subcontratistas y proveedoras, aplica las disposiciones establecidas en esta orden.
En definitiva, todo el proceso de trabajo debe desarrollarse teniendo en cuenta medidas eficientes para lograr un lugar de trabajo lo más seguro posible, en el que es fundamental, junto con la implantación de los dispositivos de bioseguridad, combinar medidas de planificación, sensibilización, información, formación, prevención y supervisión.
La adopción de las precauciones estándar como la utilización de equipos de protección individual, llevar a cabo un correcto lavado e higiene de las manos, disponer de procedimientos normalizados en la manipulación de muestras o de protocolos de atención al paciente, constituyen algunas medidas fundamentales para prevenir el riesgo de infección por pinchazo o corte.
Conforme a nuestra experiencia, en la siguiente lista de reproducción presentamos varios vídeos que incluyen buenas prácticas y recomendaciones para evitar las situaciones de riesgo más habituales, entre otras, se indican diferentes pautas para un uso correcto de los instrumentos cortopunzantes más utilizados y que incorporan dispositivos de bioseguridad, es decir: las palomillas, los bisturís, las lancetas, los catéteres, así como las agujas para la administración de medicamentos tanto por vía intravenosa como subcutánea.
A pesar de que los dispositivos de bioseguridad son considerados una buena alternativa para minimizar la incidencia de pinchazos fortuitos, deben valorarse las posibles deficiencias o carencias en su diseño en cuanto a cómo inciden en la práctica diaria, provocando en muchos casos que los dispositivos integrados en el instrumental cortopunzante se rompan o se desechen y se lleven a cabo malas praxis en su uso.
Otro aspecto que no se puede descuidar es el de conseguir que los profesionales sanitarios estén satisfechos con el dispositivo de seguridad integrado en el instrumento cortopunzante, a lo que se han de sumar las medidas necesarias correspondientes, tanto antes como después, de la implantación de la formación y de la información. Es muy importante promover que se conozca el manual de instrucciones de cada fabricante antes de la utilización del mismo, por ejemplo: si observamos dos palomillas similares, pero con dos dispositivos de seguridad no idénticos, podría dar lugar un uso incorrecto.
Las medidas de formación preventiva deben considerar la realización de controles prácticos o test de evaluación y de verificación de uso correcto de los dispositivos de bioseguridad entregándolos a dichos profesionales.
Es necesario también que se disponga de un protocolo de investigación de los accidentes por cortes o pinchazos para recabar más información y poder conocer los aspectos que determinan dicha situación en el centro de trabajo.
En definitiva, es preciso promover al máximo la cultura preventiva y las acciones de los profesionales sanitarios puesto que no es suficiente la mera dotación a los centros de los dispositivos de seguridad, y hay que formar e informar sobre el uso adecuado a quienes tienen que utilizarlos.
Otro aspecto muy importante, es su correcta gestión como residuo, ya que otras personas de los centros de trabajo que no utilizan este tipo de instrumental directamente pueden verse afectadas de manera indirecta por cortes o pinchazos debidos a otras manipulaciones indirectas o no intencionadas.
Por todo lo anterior, consideramos esencial establecer planes dirigidos a eliminar o reducir significativamente los daños a la salud por heridas o infecciones como consecuencia del uso de instrumental cortopunzante en el ejercicio profesional, lo que además provocará una disminución de los accidentes de trabajo del sector, minimizar la necesidad de realizar tratamientos y seguimientos post-exposición, pérdida de días de trabajo, suplencias de trabajadores, etc.
